14 mayo 2017

ANTENA BASE DE TELEFONIA MOVIL (Monte de San Pedro, A Coruña)





Un grupo de vecinos de Los Rosales seguimos esperando que se lleve a cabo la orden judicial de retirada de la antena situada en subida al Monte de San Pedro (Carretera de Los Fuertes).
Son muchos los vecinos afectados y muchos los visitantes que se preguntan cómo se ha podido llegar a colocar una antena base de telefonía móvil, en las proximidades de este espacio natural, provocando daños a los vecinos y al medioambiente que nos rodea.
Esta antena ILEGAL, está colocado en suelo no urbanizable, está superando la altura permitida para la edificación y está faltando a la legislación vigente sobre este tipo de instalaciones; ya que no está respetando los metros de seguridad que obliga la ley frente a guarderías, geriátricos y colegios.
Los cierto es que actualmente, gracias al apoyo y lucha de los vecinos se ha conseguido que un juez dictamine una ORDEN DE RETIRADA de la misma. Y con estas líneas queremos informar a la población de cual es la situación, de que los vecinos de Los Rosales seguimos luchando por nuestros derechos. Que nos ha costado mucho llegar hasta aquí, que hay muchos que aun siguen pagando su hipoteca y que no somos nosotros los que nos tenemos que marchar, sino los que han venido a quitarnos nuestro espacio natural y nuestro bienestar. No luchamos para quitar antenas, luchamos para que todos los ciudadanos estén al corriente de que las antenas, necesarias o no, tienen su sitio, tienen un lugar que siga las bases de la legalidad para colocarse; nos facilitan la vida siempre y cuando se siga el protocolo de seguridad, no más cerca para dañarnos la salud y calidad de vida.
Por lo mismo, adjuntamos información fiel a lo comentado previamente, donde subrayamos los puntos a destacar de tal comunicado; explicando la calidad del suelo donde la misma está colocada, calificado de suelo urbanizable delimitado que solo ADMITE OBRAS PROVISIONALES, (tales como zanjas, vallado de obras, …); las ANTENAS se engloban en edificaciones PERMANENTES, no provisionales; por lo cual concluye que no solo este suelo, no admite “usos y obras justificadas provisionales”, sino que por lo expuesto las obras denunciadas son ILEGALIZABLES.
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